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Logia Capitular de Perfeccion 4-14 Reforma Agraria N° 120

Grado 7º R.•.E.•.A.•.A.•. Preboste y Juez

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Grado 7º R.•.E.•.A.•.A.•.  Preboste y Juez

Los que son investidos con el poder del juicio deben juzgar las causas de todas las personas vertical e imparcialmente, sin ninguna consideración personal del poder del fuerte, o del soborno de los ricos, o de las necesidades de los pobres. Ésta es la regla cardinal que nadie disputará, aunque muchos son incapaces de observarla. Pero deben hacer más. Deben deshacerse del prejuicio y de la preconcepción. Deben oír pacientemente, recordar con exactitud, y considerar cuidadosamente los hechos y los argumentos ofrecidos ante ellos. No deben saltar precipitadamente a conclusiones, ni formar sus opiniones antes de que hayan oído a todos. No deben presumir crimen o fraude. No deben ser gobernados por el orgullo obstinado de la opinión, ni ser demasiado fáciles y condescendientes con las opiniones y los argumentos de otros. Al deducir del motivo del acto probado, no deben asignarle al acto ni los mejores motivos ni los peores, sino solamente ésos que ellos considerarían justos y rectos para que el mundo les asigne, si ellos mismos lo habrían hecho; ni deben esforzarse de crear muchas pequeñas circunstancias que no pesan nada por separado, pesan mucho juntas, para probar su propia agudeza y sagacidad.
El daño y la injusticia una vez hechos no pueden deshacerse, pues son eternos en sus consecuencias; una vez cometidos son contados en el pasado irrevocable. El mal que se hace contiene su propia pena merecida tan seguramente y tan naturalmente como la bellota contiene el roble. Sus consecuencias son su castigo.
El castigo no es la ejecución de una sentencia, sino la ocurrencia natural y lógica de un efecto. La Masonería, mediante sus enseñanzas, se esfuerza por refrenar a los hombres de cometer injusticia y actos incorrectos y de atropello. Aunque no intenta usurpar el lugar de la religión, sin embargo su código de moral procede sobre principios diferentes a la ley municipal, y condena y castiga las ofensas que ni esa ley castiga ni la opinión pública condena. En la ley Masónica, engañar y pasarse de listo en el comercio, en las cortes, en política, se juzgan no mas veniales que el hurto; ni una mentira deliberada que el perjurio; ni la calumnia que el robo; ni la seducción que el asesinato.
Seamos justos, entonces, en juzgar los motivos de otros hombres. Sabemos muy poco de los méritos o de los deméritos verdaderos del prójimo. Muy rara vez podemos decir con certeza que este hombre es más culpable que aquel, o incluso que este hombre es muy bueno o muy malo. A menudo las personas más viles dejan detrás de ellas reputaciones excelentes.
Hay muy pocos de nosotros que, en cierta etapa de nuestra vida, no hayamos estado al borde de cometer un crimen. Cada uno de nosotros puede mirar atrás, y estremeciéndonos, ver el momento en que nuestros pies se posaban sobre los despeñaderos resbaladizos que sobresalían del abismo de la culpabilidad; y cuando, si la tentación hubiera sido un poco más urgente, o un poco mas continua, si la pobreza nos hubiera presionado un poco más duramente, o si un poco más de vino hubiera turbado más nuestro intelecto, destronado nuestro juicio, o inflamado nuestras pasiones, nuestros pies hubieran resbalado, y hubiéramos caído, para nunca levantarnos otra vez.
¿Cuándo condenamos o compadecemos al caído, cómo sabemos que, tentados como él, nosotros no hubiésemos caído como él, tan pronto, y quizás con menos resistencia? ¿Cómo podemos saber lo que debemos hacer si estaríamos sin empleo, el hambre asediando, flacos y hambrientos, en nuestro hogar frío, y nuestros niños llorando por el pan? No caemos porque no estamos lo suficientemente tentados. Ése que ha caído puede ser en su corazón tan honesto como nosotros. ¿Cómo sabemos que nuestra hija, hermana, esposa, podría resistir el abandono, la desolación, la angustia, la tentación, que sacrificaron la virtud de la pobre hermana de la vergüenza? Quizás ellas también no han caído, porque no han sido tentadas grandemente.
Seremos, por lo tanto, justos al juzgar a otros hombres, sólo cuando seamos caritativos; y debemos asumir la prerrogativa de juzgar a otros solo cuando el deber es forzado sobre nosotros; puesto que estamos casi tan seguros de errar, y las consecuencias del error son tan serias. Ningún hombre necesita codiciar el cargo de Juez; ya que al asumirlo se asume la responsabilidad más grave y más abrumadora. Sin embargo la habeis asumido; todos la asumimos; pues el hombre esta siempre listo para juzgar, y siempre listo para condenar a su vecino, mientras que estando sobre el mismo estado del caso él se absuelve a si mismo. Aseguraos, por lo tanto, de ejercitar el cargo cautelosamente y caritativamente, para que no, al juzgar al criminal, se cometa un mal más grave que aquel por el cual se condena, las consecuencias de lo cual deben ser eternas.
En resumidas cuentas, por lo tanto, haced que el verdadero Masón nunca olvide el solemne mandato necesario de tener presente en cada momento de una vida ocupada: "No juzguéis, para no ser juzgado; pues con el juicio que juzgueis vos sereis juzgado; y con la medida que norméis, vos sereis medido otra vez." Tal es la lección enseñada al Preboste y Juez.   AUTOR:      Jorge Cornejo.     Argentina.

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